¿TENGO QUE LLEVAR LA DOCUMENTACIÓN DEL VEHICULO ENCIMA?

 Muy buenas. 👋

¿Nunca os habéis preguntado si portar la documentación en el coche es obligatorio? 



Pues la respuesta es sí. Porta la documentación encima es obligatorio, además no solo la del vehículo, si no además la del conductor. 

Nos tenemos que ir hasta el articulo 59 de la Ley de Seguridad Vial para ver que no solo debemos portar la documentación del vehículo, sino además el permiso de conducción. 

Dice: 

Art.59.2 👉El conductor de un vehículo a motor o ciclomotor queda obligado a estar en posesión y llevar consigo su permiso o licencia válidos para conducir, así como el permiso de circulación del vehículo y la tarjeta de inspección técnica, y deberá exhibirlos ante los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico en el ejercicio de las funciones que tienen encomendadas que se lo soliciten, en los términos que reglamentariamente se determine.   ART.59 LSV

Añade que además se está obligado de exhibirlos ante los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico. 

¿Nos pueden sancionar? 

SÍ,  la ley de Seguridad Vial sanciona dicha conducta con 60€ de sanción.  Pero ojo, tiene un matiz, que solo pueden establecer la sanción cuando falten todos los documentos que se citan en el articulo mencionado, si solo faltase uno de ellos, no corresponde sanción. 




https://as.com/actualidad/sociedad/la-dgt-avisa-de-los-documentos-obligatorios-a-llevar-en-el-coche-pueden-multarte-con-hasta-500-euros-n/

https://vibes.okdiario.com/motor/oficia-dgt-obliga-a-llevar-este-documento-en-el-vehiculo/

https://www.race.es/documentacion-obligatoria-coche


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