¿CONDUCIR CON EL TELÉFONO MOVIL?

¿Cuántas veces hemos visto o utilizado el teléfono móvil mientras conducimos? Por desgracia muchas. 

En la época en la que nos ha tocado vivir, es muy frecuente ver gente continuamente haciendo uso del teléfono móvil, bien por temas laborales, por diversión, etcétera. Pero ocurre un problema, y es cuando el uso de dicho dispositivo, entre otros, es utilizado cuando estamos al frente de un vehículo, nos convertimos en un peligro sobre ruedas. 



Según datos de la DGT, las distracciones al volante han costado la vida a más de 300 personas cada año (datos de Septiembre 2021). Mucha gente deja de existir, por el simple hecho de enviar un WhatsApp. Muy triste, pero ocurre. La gente no es consciente, hasta que le sucede a un familiar y le cambia la vida para siempre. Y lo peor de todo es que contigo, puedes llevarte a otras personas que no tienen culpa de nada. Y que sin van circulando correctamente. 

Sigamos con más dato. aproximadamente un 22% de las personas conductoras españolas, asegura reconoce haber hablado sin manos libre, leído mensajes o consultado las redes sociales durante el último mes. Según el director del Observatorio Nacional de Seguridad Vial. 



Pues bien, yéndonos a la norma, para el que tenga dudas, el Reglamento General de Circulación lo deja muy claro, en el Capítulo III "Normas Generales de los Conductores",  y más concretamente en el artículo 18.2 lo deja muy claro.  

2. Queda prohibido conducir y utilizar cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido, excepto durante la correspondiente enseñanza y la realización de las pruebas de aptitud en circuito abierto para la obtención del permiso de conducción de motocicletas de dos ruedas cuando así lo exija el Reglamento General de Conductores.


Se prohíbe la utilización durante la conducción de dispositivos de telefonía móvil y cualquier otro medio o sistema de comunicación, excepto cuando el desarrollo de la comunicación tenga lugar sin emplear las manos ni usar cascos, auriculares o instrumentos similares (artículo 11.3, párrafo segundo, del texto articulado).

Además , como se puede leer, no solo prohíbe la utilización del teléfono móvil, sino también cualquier otro sistema de comunicación, como por ejemplo, los auriculares. 

En resumen, solo está permitido el navegador (google maps) y si tienes que llamar, el manos libres, que eso los coches, la mayoría, lo llevan incorporado. Tampoco se puede ir reproduciendo películas o vídeos., porque se considera una distracción que puede acabar en tragedia.  


Otro aspecto que quería comentaros y que genera mucha controversia en la calle, es el de por qué los miembros de las FFCCSE van utilizándolo, si está prohibido. Pues si continuáis leyendo el mencionado artículo, el R.G.Cir hace una excepción. Y es esa. 

Quedan exentos de dicha prohibición los agentes de la autoridad en el ejercicio de las funciones que tengan encomendadas.


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