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Mostrando entradas de julio, 2023

VEHÍCULO FUGADO DE UN ACCIDENTE.

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Todos conocemos a alguien que le ha pasado. Tener un golpe con el coche y que el otro conductor decida irse del lugar. Aunque parezca que no sucede, si. Quizá el otro conductor tenga algo que ocultar, como carecer de permiso, ir alcoholizado, drogado, no tener seguro, etcétera. Pero no os preocupéis, ser rápidos y anotar la matricula.    Abandonar el lugar del accidente, esta castigado por el Reglamento General de Circulación, con sanciones de hasta 200€. Incluso, dependiendo de las circunstancias, pudiendo ser hasta un delito contemplado en el articulo 195 CP o 382 Bis CP.  ¿Qué debemos hacer si nos sucede?  Como comenté en otra publicación, es una posibilidad que puede ocurrir. Por eso debemos tomar una serie de medidas, para asegurarnos que el otro vehículo está identificado. Las FFCCS tienes acceso a todas las bases de datos, y con posterioridad se puede averiguar quien es el otro vehículo. Por eso es tan importante anotar la matricula.  Hacer fotos o vídeos del vehículo antes de q

HE TENIDO UN GOLPE. ¿QUE HAGO?

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Por desgracias, casi todos los conductores, hoy en día, nos hemos visto implicados en algún tipo de accidente de circulación. Desde el típico restregón hasta algo, más importante.  Atender un accidente de tráfico es muy complejo, por que se tienen que tener en cuenta muchos factores. Muchos datos que pueden ser de verdadera importancia para saber lo sucedido, y que posteriormente te pueden ser de gran ayuda para determinar responsabilidades.  Siempre que nos damos un golpe, nos hacemos la pregunta de ¿Qué hago? ¿Hace falta llamar a la Policía?  Bien, todo depende de lo sucedido, si no hay heridos, no hay riesgo para el resto de usuarios, no hay cualquier otra situación peligrosa o anormal, y se está de acuerdo con la dinámica accidental , lo normal es realizar un parte amistoso. Que es un documento que puedes solicitar a las aseguradoras y sirve para resolver éste tipo de situaciones. Si no, lo mejor es avisar a la policía.  Tener en cuenta que los sinestros viales, son la principal c

MOTOCICLETAS EN LAS ACERAS

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La gran pregunta. ¿Se pueden estacionar motocicletas y ciclomotores en las aceras? La respuesta, en el municipio de Alicante, es no .  Ya sabéis que me gusta, intentar, ver norma por norma. Para que así quede claro y no empezar con las discusiones de normas.  Para empezar debemos irnos hasta el Reglamento General de Circulación, concretamente en los articulo 90 al 93 y luego al articulo 94.2.e). y 121 Que dice:  A modo más genérico encontramos... Artículo 91. Modo y forma de ejecución. 1. La parada y el estacionamiento deberán efectuarse de tal manera que el vehículo no obstaculice la circulación ni constituya un riesgo para el resto de los usuarios de la vía, cuidando especialmente la colocación del vehículo y evitar que pueda ponerse en movimiento en ausencia del conductor (artículo 38.3 del texto articulado). 2. Se consideran paradas o estacionamientos en lugares peligrosos o que obstaculizan gravemente la circulación los que constituyan un riesgo u obstáculo a la circulación en lo